Resumen

Regulación de la desfibrilación externa semiautomática fuera del entorno sanitario en las comunidades autónomas de España: situación actual

Ballesteros-Peña S, Fernández-Aedo I, De la Fuente-Sancho I

Filiación de los autores

Organización Sanitaria Integrada de Bilbao-Basurto, Bilbao, España. Facultad de Medicina y Enfermería, Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, Leioa, Bizkaia, España.

DOI

Cita

Ballesteros-Peña S, Fernández-Aedo I, De la Fuente-Sancho I. Regulación de la desfibrilación externa semiautomática fuera del entorno sanitario en las comunidades autónomas de España: situación actual. Emergencias. 2019;31:429-34

Resumen

El objetivo de este trabajo es comparar las legislaciones autonómicas españolas en materia de formación, utilización y obligatoriedad de la instalación de desfibriladores externos automatizados (DEA) fuera del ámbito sanitario y analizar la variabilidad territorial con que se han desarrollado las regulaciones. Llevamos a cabo una revisión de las normativas publicadas en los boletines oficiales de las 17 comunidades autónomas y las 2 ciudades autónomas de España hasta mayo de 2019, extrayendo datos referidos a la regulación de la formación, el uso y la instalación de los DEA fuera del ámbito sanitario. Observamos que médicos y enfermeros están autorizados a utilizar los DEA, salvo en Murcia, donde únicamente tienen autorizado su uso los médicos. En 14 comunidades autónomas también se consideran habilitados los técnicos en emergencias sanitarias. Excepto en el País Vasco, donde cualquier ciudadano puede utilizar un DEA previa alerta a los servicios de emergencia, es necesario realizar un curso inicial acreditado para estar habilitado en el

uso de estos dispositivos (cuya duración varía, según la comunidad, entre 4 y 9 horas) y debe ser renovado con una periodicidad que oscila entre uno y 3 años. Sin embargo, 11 comunidades permiten que, en caso de emergencia y en ausencia de personal habilitado, cualquier ciudadano pueda utilizar un DEA, previa alerta a los servicios de emergencia. Once autonomías regulan la obligación de instalar DEA fuera del ámbito sanitario. Se concluye que si bien todas las comunidades autónomas de España disponen de una normativa reguladora del uso y la acreditación de DEA, el mapa legislativo es muy diverso, por lo que sería deseable una política armonizadora para unificar criterios e incentivar el uso de estos dispositivos en caso de necesidad.

 

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